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IAIP remite oficio a la Fiscalía General de la República en contra del incumplimiento de entrega de información por parte del Comité Ejecutivo de la FESFUT

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), libró oficio a la Fiscalía General de la República para que determine la existencia o no de responsabilidad penal derivada al no acatamiento de parte de los miembros del Comité Ejecutivo de la FESFUT, a la resolución de este Instituto de referencia NUE 70-A-2018, que ordenó la entrega de información relacionada a: copias de sus actas de reuniones y copias de los contratos de derechos televisivos y de comercialización de la selección nacional mayor.

De igual manera, el IAIP ordena en su resolución a la Unidad de Cumplimiento que inicie procedimiento de ejecución forzosa en virtud de la orden de dicho Comité de la orden emitida en la resolución antes mencionada, de conformidad con el Art. 32 letra “b” de la Ley de Procedimientos Administrativos y de lo establecido en el Código Procesal Civil y Mercantil, ante la sede judicial competente.

Por otro lado, se revocó por mayoría simple, la decisión sobre la imposición de la multa a los miembros del mencionado Comité, debido a que consideración de las Comisionadas y del Comisionado que acompañaron esa decisión, las sanciones contempladas en el Art. 77 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), no pueden ser atribuidas a particulares que son entes obligados, por aspectos de tipicidad, ya que la mencionada disposición limita la imposición de la sanción al funcionario público. Sobre ello, se plasmó una posición disidente suscrito por dos Comisionadas que conforman el pleno.

Finalmente, el IAIP hace el llamado a reflexionar sobre una posible reforma a la LAIP, donde se determine de forma clara que los particulares que son entes obligados en virtud del Art. 7 de la mencionada ley, puedan imponérseles las sanciones contempladas en dicho cuerpo legal para que no existan zonas exentas del control administrativo.