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Ante el acuerdo del Programa de Intercambio de Datos Biométricos entre El Salvador y los Estados Unidos de América

En el marco de los acuerdos firmados entre El Salvador y los Estados Unidos de América, específicamente en relación al Acuerdo del Programa de Intercambio de Datos Biométricos, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), en su calidad de ente rector en materia de protección de datos personales, expresa lo siguiente:

La Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) faculta al IAIP a velar por la protección de datos personales que se encuentren en todas las bases de datos de cualquier institución pública.

La Ley también delega al Instituto a dar las asesorías necesarias cuando una institución pública quiera transferir esta información; siempre y cuando se cumplan con las causas de difusión sin consentimiento establecidas en el Art. 34 de la LAIP o que exista el consentimiento de las y los titulares de los datos personales. De no encajar en dichos supuestos, la institución deberá remitirse a instrumentos internacionales que sirvan de guía o directriz para realizar la transferencia salvaguardando los derechos de la población.

De conformidad con la jurisprudencia constitucional, la autodeterminación informativa es un derecho fundamental derivado del Art. 2 de la Constitución de la República, dentro del cual se enmarca la protección de datos personales. Este implica que toda persona –titular de los datos–, puede controlar el uso que se haga de su información en distintos ámbitos.

En ese sentido, los Estándares de Protección de Datos Personales para los Estados Iberoamericanos, establecen en el Art. 36 letra “e”, que: “será la autoridad de control del Estado Iberoamericano del país del exportador autorice la transferencia, en términos de la legislación nacional que resulte aplicable en la materia.

A la fecha, el IAIP no conoce el alcance del Convenio en términos de los datos  que serán transferidos, la finalidad específica de estos, la posibilidad de toma de decisiones automatizadas, el marco normativo que avala tal decisión y todo lo relacionado con su tratamiento.

En este contexto, el IAIP considera necesario la aprobación de una Ley Integral de Protección de Datos Personales, donde se regule no solo este tipo de  transferencias, sino también que responda a la realidad actual y a otras formas de tratamiento de datos de las y los salvadoreños que garantice su derecho fundamental a la autodeterminación informativa.

Desde el IAIP consideramos de suma importancia que se analicen los anteproyectos de ley que han sido presentados ante la Asamblea Legislativa, se apruebe tal normativa a la brevedad y se amplíen las facultades del Instituto en materia de datos personales.

Queremos recordar a las instituciones públicas que pueden solicitar asesorías ante el Instituto con el fin de garantizar el mejor tratamiento de los datos personales que resguardan en sus bases, tanto físicas como automatizadas.

Finalmente, al pueblo salvadoreño se le reitera que el Instituto de Acceso a la Información Pública trabaja para garantizar el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales que se encuentran en manos de las instituciones del Estado.